La aparición tardía y la difusión algo más lenta de la COVID-19 en Hungría en comparación con otras regiones permitió al gobierno anticipar muchas medidas sociales y económicas que hemos visto en otros países. En un intento por disminuir el impacto de la pandemia, el principal beneficiario de estas medidas son las industrias más afectadas y empresas que ya se encuentran en una situación difícil.

Entre las más importantes encontramos el aplazamiento de vencimiento o reducción de pagos de impuestos de autónomos y empresas, junto con la suspensión temporal de procedimientos de ejecución, y medidas especiales para las líneas de negocio más afectadas.

Incentivos y ayudas fiscales

Las empresas, así como los autónomos, pueden solicitar los siguientes beneficios cuando se pueda demostrar que la situación actual tiene un efecto negativo en el desarrollo de su negocio:

  • Aplazamiento del vencimiento de pago
  • Pago fraccionado en un periodo determinado
  • Reducción del importe o cancelación completa del pago

La reducción o cancelación de pagos solo es posible en el caso de obligaciones ya vencidas y no pagadas (incluyendo impuestos, sanciones e intereses) con una excepción clara respecto a los pagos de Seguridad Social e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas deducidas de empleados.

Adicionalmente, las personas físicas o autónomos también podrán solicitar la reducción o cancelación de pago en caso de obligaciones todavía no vencidas con la misma excepción de los importes retenidos de personas físicas.

Es posible prolongar un aplazamiento u otro beneficio ya concedido cuando la situación global no permita al sujeto pasivo cumplir con las obligaciones revisadas.

En el caso de personas físicas y autónomos las solicitudes no tendrán ningún coste de administración, mientras que las empresas tendrán que pagar una tasa de 10.000 HUF (aproximadamente 30 euros) por la prestación de dicho servicio.

Asimismo, el porcentaje de las contribuciones a la Seguridad Social se reducirán del 17,5 % actual al 15,5 % con fecha efectiva 1 de julio hasta nuevo aviso.

Suspensión de procesos de ejecución

Los entes que se encuentren en un procedimiento de ejecución y se vean afectados por la situación global, pueden solicitar la suspensión temporal del procedimiento, siempre y cuando anteriormente no hayan incurrido en sanciones por incumplimiento. Los intereses de demora sobre impagos acumulados durante la suspensión se pagarán al reanudar el procedimiento.

Medidas especiales para las industrias más afectadas

Tras revisar los efectos de la pandemia en la economía del país, las autoridades publicaron una lista recogiendo las industrias y líneas de negocio más afectadas, junto con nuevas medidas aplicables para estas contribuyentes. La lista está sujeta a cambios, con la inclusión de nuevas categorías, conteniendo en la actualidad las siguientes:

  • Taxis y otros medios de transportación personal privado
  • Industria hotelera
  • Restauración
  • Actividades artísticas y de entretenimiento
  • Actividades deportivas y otras relacionadas al ocio
  • Apuestas y lotería
  • Industria audiovisual (incluyendo producciones cinematográficas, televisivas y grabación de audio)
  • Organización de eventos
  • Publicación de periódicos y diarios
  • Emisión y preparación de programación de televisión y radio
  • Servicios de organización e intermediación de viajes
  • Transportación de personas en aguas domesticas
  • Servicios relacionados con bienestar personal (baños públicos, spas, etc.)
  • Cultivo de otras plantas, si los ingresos de la empresa durante los seis meses precedentes al 24 de marzo se atribuyen por lo menos en 30% de la venta de flores, plantas y productos derivados
  • Venta mayorista de plantas decorativas
  • Venta minorista de plantas decorativas
  • Actividades de caza, si la entidad tiene por lo menos un empleado inscrito en la Cámara Nacional de Caza y ante las autoridades competentes
  • Destilación de bebidas alcohólicas si la base de producción son frutas o bagazo
  • Producción de vino
  • Fábricas de cerveza independientes (con una producción de por lo menos 200.000 hectolitros al año, económicamente y legalmente independientes de otras fábricas, operando en planta de producción propio, y no con licencia de otra marca comercial)
  • Viticultura

Podrán beneficiarse de las medidas en la continuación las empresas y autónomos cuyos ingresos de los últimos 6 meses se han generado por lo menos en 30 % de las actividades indicadas.

  • No tendrá que pagar las contribuciones a la Seguridad Social de los meses de marzo, abril, mayo y junio. Esta medida afecta tanto a empresas por sus deudas sobre las contribuciones de personal contratado como a los autónomos por sus propias contribuciones
  • Las compañías afectadas también estarán exentas de contribuciones del Fondo de Pensión Estatal, Contribuciones de Seguro de Salud monetarias y contribuciones al Fondo de Desempleo. Únicamente tendrán que pagar la contribución de 4% sobre beneficios en especie relacionados con seguros de salud, con un límite de 7.710 florines húngaros
  • En el mismo periodo no tendrán que contribuciones de formación profesional
  • El importe anual de la Contribución de Rehabilitación de 1.499.000 florines se reduce a 966.000 florines, y no se tiene que realizar los pagos adelantados del ejercicio
  • Sociedades oficialmente cualificadas como como empresa pequeña podrán deducir todos los pagos realizados a su personal durante el periodo citado en la declaración de Impuesto de Sociedades
  • Finalmente, las empresas sujetas a la Contribución de Desarrollo de Turismo deben excluir el periodo afectado de sus declaración trimestrales y anuales

Es importante destacar, que los empleados de las empresas afectadas podrán beneficiarse de las prestaciones del estado a pesar de las exenciones de los pagos indicados.

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Hungary. Tax compliance and labour updates to face Coronavirus

Gabor Bojcsuk 
International Desk

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