En unas semanas comienza en España la campaña del Impuesto de Sociedades para las sociedades o Establecimientos permanentes cuyo ejercicio cerró el 31 de diciembre de 2019.

Recordemos que, además, pueden tener a obligación de de documentar de manera anual las operaciones vinculadas, es decir, las transacciones realizadas con empresas del grupo (préstamos, servicios, management fees…).

El alcance y contenido concreto de la obligación varía en función del importe neto de la cifra de negocios conjunto a nivel mundial del grupo, y del tipo e importe de la operación vinculada, pero, en general, incluye:

En el caso de operaciones financieras (préstamos), la OCDE, ha introducido requisitos adicionales que pueden obligar a detallar más en profundidad y explicar, en términos de comparabilidad y ratios, las estructuras utilizadas.

La documentación deberá estar a disposición de la Agencia Tributaria a partir de la finalización del plazo voluntario de declaración del Impuesto de Sociedades. Por ejemplo, una sociedad cuyo ejercicio fiscal termina el 31 de diciembre de 2019, debería tener la documentación sobre precios de transferencia para dicho año  preparada el día 27 de julio de 2020, por si es requerida por la Administración en una posible inspección.

La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece multas tanto en caso de no aportar la documentación de precios de transferencia como por aportarla incompleta, inexacta o con datos falsos. También establece sanciones cuando el valor de mercado contenido en la documentación no se corresponde con el declarado en el IS, IRNR o IRPF.

En este sentido, de proceder un ajuste valorativo, se aplicará una sanción del 15 % sobre el importe de éste, más los correspondientes intereses de demora. Aun no habiendo ajuste valorativo, la sanción podría ser de entre 1.000 y 10.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con el límite máximo de la menor cuantía entre el 10% del importe conjunto de las operaciones y el 1% del importe neto de la cifra de negocios.

Mediante la normativa relacionada con los precios de transferencia, las autoridades buscan aumentar la transparencia fiscal y evitar los riesgos derivados, con el objetivo de incrementar el control del fraude en este tipo de operaciones. El desconocimiento de esta normativa, o el no cumplimiento, tiene unas consecuencias importantes para las sociedades que operan en nuestro país.

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Augusto Berutich
Director. Head of Tax

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