Los días 29 de junio y 5 de julio, de 10:00 a 10:45 h., se celebraron dos webinars informativos sobre las obligaciones relativas a Precios de Transferencia en España y régimen sancionador, ambos dirigidos por Augusto Berutich, Director Tax en Auxadi.
De acuerdo con la legislación española, en el ámbito de las operaciones vinculadas, las entidades residentes en territorio español y los EP sitos aquí tienen obligaciones tanto de información como de documentación de dichas operaciones, según los estándares OCDE. Así, las compañías cuya cifra de negocios individualmente o a nivel de grupo mundial , excedan de los umbrales establecidos, tendrán la obligación de documentar dichas operaciones. La complejidad de la documentación a preparar difiere dependiendo del importe neto de la cifra de negocios conjunto de la entidad o del grupo mundial y del tipo de operación vinculada.
No cumplir con estas obligaciones supone la aplicación de un régimen sancionador bastante gravoso. La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece sanciones tanto en caso de no aportar la documentación de precios de transferencia como por aportarla incompleta, inexacta o con datos falsos. También establece sanciones cuando el valor de mercado contenido en la documentación no se corresponde con el declarado en el IS, IRNR o IRPF.
La sanción dependerá de si las autoridades fiscales realizan un ajuste valorativo o no. Incluso en el caso de que no se realice ningún ajuste, la sanción sería de entre 1.000 y 10.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con el límite máximo de la menor cuantía entre el 10% del importe conjunto de las operaciones y el 1% del importe neto de la cifra de negocios.
De proceder el ajuste valorativo, se aplicará una sanción del 15% sobre el importe de éste, más los correspondientes intereses de demora.
Las operaciones vinculadas se deben documentar de manera anual. La documentación deberá estar a disposición de la Administración Tributaria a partir de la finalización del plazo voluntario de declaración del IS. Por ejemplo, una sociedad cuyo ejercicio fiscal termina el 31 de diciembre de 2017, debe tener la documentación sobre precios de transferencia del año 2017 preparada el día 26 de julio de 2018 por si es requerida por la Administración en una posible inspección.