El pasado 20 de julio la Comisión Europea ha presentado un paquete de medidas legislativas para endurecer las normas de la Unión Europea en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo con el objeto de mejorar la detección de transacciones y actividades sospechosas y cubrir las lagunas existentes. Ello es clave para la estabilidad financiera y seguridad en Europa. Son cuatro las medidas propuestas:

Creación de una nueva Autoridad en materia de lucha contra el blanqueo de capitales (AMLA, por sus siglas en inglés). La nueva AMLA, será la autoridad central con dos funciones principales. Por un lado, coordinará a las autoridades nacionales para asegurar que el sector privado aplique correctamente las normas de la UE, supervisando a algunas entidades financieras de mayor riesgo que operan en la UE. Asimismo, facilitará la cooperación entre las unidades nacionales de información financiera, responsables de otras entidades financieras, a fin de detectar mejor las transacciones financieras ilícitas de carácter transfronterizo.

Un reglamento sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, que incluye reglas directamente aplicables, sin necesidad de su transposición a la legislación nacional, incluso en las áreas de Debida Diligencia del Cliente y Beneficiario efectivo. Contiene normas directamente aplicables en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Incluye una lista con las “entidades obligadas” sujetas a estas normas, como, entre otras, entidades financieras, proveedores de servicios de criptoactivos, proveedores de servicios crowdfunding, intermediarios de créditos hipotecarios o proveedores de créditos al consumo que no sean entidades financieras. Se establecen mayores requisitos en materia de titularidad real y registros y acceso transfronterizo a la información sobre cuentas bancarias.

Una sexta directiva sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que sustituye a la actual Directiva (UE) 2015/849 (Cuarta Directiva sobre blanqueo de capitales, modificada por la Quinta Directiva), con disposiciones para incorporar a la legislación nacional, como las normas sobre los supervisores nacionales y las unidades de inteligencia financiera de los Estados miembros

Una refundición del Reglamento de 2015 sobre transferencias de fondos con el objeto de rastrear las transferencias de criptoactivos, para prevenir y detectar su posible uso para el blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, aplicando las normas de la UE en esa materia al sector criptográfico.

En cuanto a las transacciones en efectivo la Comisión propone establecer un límite único en la UE de 10.000 euros para pagos, pudiéndose mantener límites nacionales por debajo de este importe.

En lo que respecta a la relación con terceros países, la Comisión ya colabora estrechamente con sus socios internacionales para luchar contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en todo el mundo. Se configurará una lista de países similar a la lista del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), organismo que vigila el blanqueo a nivel mundial, pudiendo incluir otros países que supongan una amenaza para el sistema financiero de la UE.

Estas medidas mejorarán el marco actual de la UE al contemplar los nuevos desafíos surgidos como consecuencia de la innovación tecnológica y cubrir las lagunas normativas existentes. El próximo paso es que este proyecto legislativo será debatido por el Parlamento Europeo y el Consejo, debiendo estar operativo en 2024.

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Marta Reguera

Marta Reguera
Director Tax Support

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