Tras la propuesta del presupuesto del Estado para 2017, uno de los temas con mucha relevancia, al menos para las compañías y personas físicas con inversiones inmobiliarias en Portugal, es la creación de una tributación adicional al  impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

La propuesta del presupuesto del Estado para 2017 incorpora el siguiente:

  • Tributación a una tasa fija de 0,3% a incidir sobre el Valor Patrimonial Tributable (VPT) de los inmuebles urbanos ubicados en territorio portugués, con la excepción de los inmuebles destinados a las actividades industrial y turística.
  • Aplicable a la suma de todos los VPT del mismo propietario (persona física o compañía) que sea por encima de € 600.000, excluyéndose de la base imponible el VPT de los inmuebles que beneficiaran de exención de IMI en el año anterior.
  • La aplicación del adicional al IBI a un importe por encima de € 600.000 no es aplicable por ejemplo a:
  1. Compañías cuyos inmuebles no afectan a la actividad (agrícola, industrial o comercial) representan más de 50% del valor de sus activos
  2. Empresas que desarrollan la actividad de compra y venta de bienes inmuebles
  3. Entidades con deudas fiscales a la Administración Tributaria Portuguesa o a la Seguridad Social
  4. Entidades residentes en países o regiones con regímenes fiscales más favorables

Aunque el draft del presupuesto del Estado para 2017 haya sido aprobado en su generalidad, en la fase siguiente (análisis y discusión más detallada), es público que han sido propuestos algunos cambios a la ley, de los cuales se destacan:

  • Incremento de la tasa fija de 0,3% a 0,7% para la suma de los VPT entre € 600.000 y € 1.000.000 y de 1% para el importe por encima de € 1.000.000.
  • Además de los inmuebles destinados a las actividades industrial y turística, estarán también exentos los inmuebles para el fin de la actividad de comercio, industria y servicios.

Con la publicación oficial del presupuesto del Estado para 2017 se comprobará qué cambios han sido, de facto, incorporados en la Ley.