Las decisiones emitidas en primera instancia garantizan a sectores de la economía mantener la “Desoneração” (Sustitución del cálculo de la previsión de un impuesto sobre el ingreso bruto de la empresa) sobre las nóminas hasta diciembre, a pesar de la Medida Provisional 744/17, que obliga a estas empresas a pagar la contribución sobre la nómina el 1 de julio.

Entre los sectores beneficiarios de la medida judicial están TI (informáticos), call center y sectores de la construcción civil, desarrollo o proyecto de circuitos integrados; tiendas de departamento o magazines, minorista especializado en materiales de construcción, equipos de informática, telefonía, telecomunicación, electrodomésticos, muebles, artículos de cama, mesa y baño, artículos de uso doméstico, librerías, juguetes, artículos deportivos, perfumerías, calzado, ropa , Artículos fotográficos, entre otros.

Entre los argumentos utilizados es que la propia ley que instituyó la “Desoneraçao” de las nóminas, prevé que la opción es irretractable para todo el año. De esta manera, poner fin al régimen antes del final de año estaría en contra de la seguridad jurídica y de la buena fe.