El 15 de octubre de 2018, el gobierno presentó en el Parlamento, el proyecto de ley Nº. 156/XIII/2018 relacionado con la Propuesta del Presupuesto General del Estado portugués para el año 2019. A continuación, presentamos un breve resumen de las medidas que consideramos más importantes:

Impuesto de Sociedades (IRC)

  • Pago Especial a Cuenta. Se propone que los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales con respecto a los dos períodos anteriores puedan solicitar la exención del pago especial a cuenta hasta el final del tercer mes del período fiscal respectivo. Se anticipa que la solicitud se realizará a través del sitio web de la Autoridad Tributaria Portuguesa y que tenga validez por tres períodos consecutivos, desde que se mantenga el buen cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Imposición Autónoma. Las tasas de imposición autónomas debidas sobre los gastos con vehículos de pasajeros y vehículos mixtos, vehículos comerciales y motocicletas se incrementarán de la siguiente forma:
    • 15% (actualmente 10%), para vehículos con un coste de adquisición inferior a € 25,000;
    • 37,5% (actualmente 35%), para vehículos con un coste de adquisición de € 35,000 o más.
  • Beneficio Fiscal (DLRR) Se propone un incremento del beneficio fiscal por la reinversión de ganancias retenidas. El importe máximo de ganancias retenidas y reinvertidas se incrementará a € 10 millones (actualmente € 7,5 millones). La cantidad máxima de ganancias retenidas y reinvertidas se incrementará en un 20% en el caso de entidades ubicadas en regiones del interior.

Se propone un incremento del beneficio fiscal por la reinversión de ganancias retenidas.

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Impuesto de Personas Físicas (IRS)

  • Retención en la Fuente. Se prevé una reducción de la tasa de retención sobre el rendimiento laboral derivado del trabajo extraordinario, ya que dicho ingreso de trabajo extra no se agregará al salario regular para determinar la tasa de impuesto de retención aplicable. Por lo tanto, y tal como ya sucede con los subsidios de Navidad y vacaciones, se espera que la tasa aplicable a los ingresos del trabajo complementario sea la misma tasa que corresponda al salario regular obtenido en el mismo mes.
  • Régimen Fiscal de los Ex – Residentes. Se propone un nuevo régimen fiscal que consiste en 50% de reducción del impuesto sobre el rendimiento del empleo o del trabajo por cuenta propia que sea obtenido por personas que se conviertan en residentes fiscales en Portugal en los años de 2019 o 2020, siempre y cuando:
    • No haya sido residente en ninguno de los tres años anteriores,
    • haber sido residente en Portugal antes del 31 de diciembre de 2015,
    • y tener su situación fiscal regularizada, y
    • no haber solicitado el registro como residente no habitual.

Esta exención fiscal es aplicable por cinco años contados desde el primer año de residencia en Portugal y termina después de este período.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Comprobantes Se propone introducir reglas aplicables a la tributación de los comprobantes, distinguiendo entre los comprobantes de finalidad única (para los cuales son conocidos los elementos necesarios para la determinación del impuesto debido en el momento de la emisión) y los comprobantes de finalidad múltiple (para los cuales no son conocidos los elementos necesarios para evaluar el impuesto debido en el momento de la emisión).Por lo tanto, se propone que los vales de finalidad única se graven en el momento de la emisión o transferencia y que los vales de finalidad múltiple se graven en el momento de la transferencia de los bienes o de oferta de los servicios.En lo que respecta a los vales de finalidad múltiple, la propuesta de presupuesto estatal también prevé que el Impuesto al Valor Añadido (IVA), se deba pagar en el momento en que estos comprobantes caduquen.

Impuesto sobre Inmuebles (IMI)

  • Fechas de Pago: Los importes y plazos para el pago del Impuesto sobre Inmuebles se modificarán de la siguiente forma:
    • Una sola cuota en mayo para importes hasta € 100.
    • Dos cuotas, en mayo y noviembre para importes desde €100 hasta € 500.
    • Tres cuotas, en mayo, agosto y noviembre para importes superiores a € 500.

Procedimientos Fiscales (CPPT)

  • Notificaciones Electrónicas. Se propone una nueva forma de notificación electrónica por parte de la Autoridad Tributaria Portuguesa (ATP), a través de su sitio web para los sujetos pasivos que:
    • Al estar legalmente obligado a tener un buzón electrónico, no lo ha comunicado a la PTA
    • No se requiere que un buzón electrónico haya optado por las notificaciones electrónicas en el sitio web de la PTA
    • Si ya tienen un buzón electrónico, ejercen la opción de notificación electrónica a través del sitio web de la PTA.
    • Son no residentes cuyo nombramiento de un representante fiscal en Portugal es opcional y optan por las notificaciones a través del sitio web de la PTA.Se propone que estas notificaciones electrónicas se consideren efectivas al quinto día posterior al registro y disponibilidad de la notificación en el sitio web de la ATP.