Mediante Ley N° 30309, publicada el 13 de marzo de 2015, se aprueba un beneficio tributario con la finalidad de promover la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.

Esta Ley establece que los contribuyentes que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, vinculados o no al giro del negocio de la empresa, que cumplan con algunos requisitos, podrán acceder a las siguientes deducciones:

►► 175 %: Si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país.
►► 150 %: Si el proyecto es realizado mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica no domiciliados en el país.

Tendrán derecho a las mencionadas deducciones los contribuyentes respecto de los proyectos que se inicien a partir del 2016, siempre que sobre aquellos no se realicen las deducciones al amparo del inciso a.3) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR). El beneficio estará vigente hasta el ejercicio 2019.