La Reforma Tributaria a contar desde el 1 de enero de 2017 ha establecido, en reemplazo del sistema del FUT, dos nuevos regímenes de tributación, el sistema de renta atribuida y el sistema semi-integrado.

Los contribuyentes podrán optar por uno de ellos hasta el 31 de diciembre de 2016 de lo contrario quedarán con el régimen que por Ley se les establezca.

La opción se manifiesta por parte del contribuyente realizando una declaración jurada que se realiza por internet hasta el 31 de diciembre de este año.

Quienes pueden optar por uno u otro son los Empresarios Individuales, las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, las Sociedades de Personas, establecimientos permanentes de empresas extranjeras en Chile, las comunidades y las Sociedades por Acciones (SPA), siempre que estén conformadas exclusivamente por personas naturales con domicilio o residencia en Chile y/o por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile.

Las sociedades anónimas (abiertas o cerradas), las sociedades en comandita por acciones, y, en general, cualquier sociedad que tenga uno o más socios personas jurídicas domiciliadas o residentes en Chile, estarán obligadas a tributar en el régimen semi-integrado.

No se debe olvidar que los contribuyentes de ambos regímenes deben permanecer al menos cinco años comerciales consecutivos en el sistema que eligieron salvo que por disposición de la Ley deban salir anticipadamente de alguno de ellos.