Con vigencia indefinida y entrada en vigor el 01/01/2016, se ha aprobado un complemento que beneficiará las pensiones de las mujeres que hayan tenido hijos, como reconocimiento por su contribución al incremento de población cotizante.
La medida afecta a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente que puedan generar las mujeres que hayan tenido hijos, y que consistirá en la aplicación a la pensión inicial a la que pueda tener derecho la afectada, de un porcentaje adicional del 5, 10 o 15 % en función de que se tengan respectivamente 2, 3 y 4 o más hijos.
Se excluye el referido complemento en los supuestos de jubilación anticipada por decisión voluntaria de la interesada, y también en los casos de jubilación parcial, mientras dura esta última situación.