El pasado noviembre de 2019, Finlandia publicó el Decreto gubernamental 1058/2019. En este documento, Finlandia, que actúa como depositario, establece el 28 de noviembre de 2019 como la fecha de entrada en vigor para el protocolo de modificación del Tratado Tributario Nórdico sobre ingresos y capital, que data de 1996.

El protocolo se aplica desde el 1 de enero de 2020. Los Estados contratantes del tratado fiscal nórdico incluyen Dinamarca, las Islas Feroe, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia e incluye los siguientes cambios relevantes:

En la sección del preámbulo, los estándares BEPS de la OCDE se implementan ampliamente para alinearlo con esas tendencias internacionales. De manera similar, las Reglas Generales de Tributación del Artículo 26 se modifican sustancialmente con la inserción de la cláusula de Limitación de Beneficios (LOB).

Así, un nuevo párrafo establece que no se otorgará un beneficio bajo el tratado con respecto a un elemento de ingresos o capital si es razonable concluir, teniendo en cuenta todos los hechos y circunstancias relevantes, que obtener ese beneficio fue uno de los propósitos principales de cualquier acuerdo o transacción que resulte directa o indirectamente en ese beneficio, a menos que se establezca que otorgar ese beneficio estaría de acuerdo con el objeto y el propósito de las disposiciones relevantes del tratado.

El Procedimiento de Acuerdo Mutuo (MAQP) se potencia, al facilitar que un caso de MAP se pueda presentar a la autoridad competente de cualquiera de los Estados Contratantes interesados (originalmente, un residente de un Estado Contratante solo podía presentarlo a la autoridad competente de ese Estado).

Finalmente, en una visión más local sobre las Islas Feroe, se modifica con respecto a su derecho a derogar una disposición del Artículo 25 (evitación de la doble imposición) con respecto a una reducción de impuestos en la tributación de los salarios en virtud del Artículo 15 (Servicios personales dependientes) y del Artículo 21 (Actividad relacionada con el estudio preliminar, la exploración o el uso de los recursos petroleros).

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Augusto Berutich
Director. Global Tax

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