Novedades en México relativas a facturación electrónica. Recientemente se ha publicado una nueva prorroga para el uso obligatorio de la versión 4.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Así, durante el año 2022 nos encontraremos en un periodo de convivencia donde se podrá emplear la versión 3.3 y versión 4.0, siendo obligatorio el empleo de esta última a partir del 1 de enero de 2023.

Lo anterior quedo publicado en la quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

Aunque no está expresamente mencionado en la publicación de la Hacienda Tributaria, la prórroga para la emisión de las nuevas versiones, obligatoria a partir del 1 de enero, contempla las versiones 2.0 para complementos de pago, así como la versión 2.0 para el comprobante de retenciones.

A fines de garantizar el correcto timbrado en la versión 4.0 será necesario solicitar a clientes y empleados la constancia de situación fiscal actualizada, para confirmar que su actividad e información fiscal se encuentra al día. En caso de no ser así no sería posible el timbrado con la nueva versión 4.0, por lo que en este periodo de convivencia es importante actualizar las bases de datos de los clientes.

Para más información sobre esta novedad y sus implicaciones, el equipo de México de Auxadi está a tu disposición.

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Carlos Cano Reyes

Carlos Cano Reyes
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Experiencia internacional – Conocimiento local

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