Con el objetivo de actualizar a la comunidad empresarial ecuatoriana, se realizó el Desayuno: “Mecanismos para enfrentar la doble imposición tributaria entre Ecuador y España”, en el que María Cristina Cajiao Luna, Country Manager de AUXADI de Ecuador, brindó información importante con respecto al Convenio firmado entre ambos países, y a su aplicación práctica. El evento fue realizado el pasado martes 12 de junio de 2018, y su organización estuvo a cargo de la Cámara Oficial Española de Comercio e Industria de Quito (CAMESPA) y AUXADI.
La ponencia comenzó tratando los aspectos más relevantes de la normativa fiscal del Convenio de Doble Tributación entre Ecuador y España. Firmado en Quito en 1991 y ratificado por el Rey Juan Carlos dos años más tarde, tiene como objetivos evitar la doble imposición, y la evasión fiscal.
Aplica sobre el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y Sociedades y el Impuesto sobre el Patrimonio (Impuesto español), y el Impuesto a la Renta de personas naturales y sociedades (Impuesto ecuatoriano). Ingresan en este convenio ganancias derivadas de rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, navegación marítima y aérea, dividendos, intereses, cánones y regalías, trabajos dependientes e independientes y patrimonio.
Con respecto a la expatriación de trabajadores con destino en Ecuador, la vertiente fiscal indica que se debe de determinar la residencia fiscal (183 días), y mantiene como obligaciones formales la comunicación del desplazamiento, y residencia fiscal en el extranjero. Se puede aplicar una exención conforme al artículo 7P, para residentes en España. Se debe tributar sobre determinadas rentas de inmuebles en España, siendo residente en el extranjero.
Sobre trabajadores Impatriados con destino en España, cuenta con características similares a la expatriación, vista anteriormente, sin embargo estas se adhieren al Régimen especial trabajadores desplazados “Ley Beckham”, y deberán declarar informativamente sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
Se proporcionó información de referencia con respecto al Establecimiento Permanente (EP), que según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OSCE), se refiere al lugar fijo de negocios donde la persona física o jurídica extranjera realiza toda o parte de su actividad.
El desayuno, que contó con la presencia de representantes de empresas asociadas a CAMESPA, se celebró en las instalaciones de la misma y terminó con un coloquio entre los participantes.
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