La difícil situación mundial a raíz del Covid-19 ha obligado a todos los países a tomar medidas para reducir la propagación del virus y conseguir su erradicación lo antes posible. En el caso específico de Luxemburgo también se ha producido esta corriente. Es por ello que el primer ministro del país, Xavier Bettel anunció el 17 de marzo que enviaría para su aprobación al Parlamento y el Consejo de Estado el estado de emergencia, con una duración máxima de tres meses, de acuerdo al artículo 32.4 de su Constitución. Continuando estas declaraciones, también se han puesto en marcha actualizaciones que afectan a diferentes áreas, todas ellas con el fin de garantizar la continuidad de la economía en Luxemburgo.

En el ámbito tributario, indicar que las oficinas de la administración sólo están abiertas con cita previa, la cual debe solicitarse con antelación. Además, como medidas adoptadas se establecen las siguientes:

  • Impuestos directos: el plazo para presentar las declaraciones de impuestos se amplía hasta el 30 de junio de 2020. Además, se concede a los profesionales y personas jurídicas dedicadas a actividades agrícolas o forestales la cancelación o aplazamiento de los anticipos trimestrales del Impuesto sobre la Renta o del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre Actividades Económicas para el primer y segundo trimestre de 2020. Estas solicitudes se aceptan automáticamente para los contribuyentes que reúnen las condiciones para ello y que tienen anticipos que pagar.
  • Impuestos indirectos: se concede una mayor flexibilidad al contribuyente, por lo que la presentación fuera del plazo reglamentario en cuestiones del Impuesto sobre el Valor Añadido no conllevará una sanción administrativa hasta que la administración tributaria luxemburguesa establezca lo contario.

En el ámbito laboral, desde la Comisión de Supervisión de la Seguridad Financiera (CSSF) se recomienda a las empresas que se permita trabajar telemáticamente desde casa en todos aquellos casos en los que sea posible. De hecho, se requiere de un certificado que demuestre la relación contractual para poder cruzar la frontera de Luxemburgo con Alemania, Bélgica o Francia.

Además, cabe resaltar que los gobiernos de Bélgica, Francia y Luxemburgo han anunciado que, hasta que se emita una nueva orden y dado que se trata de un caso de “fuerza mayor», el trabajo a domicilio no cuenta para el umbral de 24 días (Bélgica) o 29 días (Francia) que permite a un trabajador transfronterizo realizar su actividad fuera del país en el que trabaja habitualmente y permanecer sujeto a impuestos en ese país. No obstante, con motivo de esta medida de trabajo remoto se advierte también del riesgo de fraude informativo y de la seguridad informática para que se tomen las precauciones pertinentes.

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Amaia Valencia
Accounting, Reporting & Compliance services

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