En esta nueva entrega de nuestra serie especial dedicada a la industria Fintech en Latam, analizamos el caso de Perú. Consulta el resto de artículos haciendo click aquí.

Gracias a las reformas de las últimas dos décadas, Perú se ha convertido en una de las regiones más desarrolladas de América Latina. Con un crecimiento alto, una deuda pública inferior al 25 % y una tasa de inflación media prevista entre el 2,2 % y el 2,5 %, la economía peruana se encuentra a las puertas de registrar un crecimiento sólido y estable en el corto plazo. Y en ese contexto, el sector de las Fintech tiene mucho que decir en el país.

Perú tiene uno de los entornos de startups más dinámicos de entre los países de la región. En septiembre de 2021, las Fintech en Perú contabilizan un total de 171, lo que representa un crecimiento del 16 % respecto al año anterior, con el sector registrando un crecimiento interanual del 20 %. Por poner un ejemplo, entre diciembre de 2019 y el mismo mes de 2020, el Banco Central de Perú informó que las operaciones bancarias virtuales aumentaron en más del 88 %.

El mayor uso de Fintech en Perú es para los pagos, siendo las tres empresas más grandes YAPE (8 millones de usuarios), PLIN (4 millones de usuarios), y BIM (1,3 millones).

171

En septiembre de 2021, las Fintech en Perú contabilizan un total de 171, lo que representa un crecimiento del 16 % respecto al año anterior, con el sector registrando un crecimiento interanual del 20 %.

Perú está fomentando activamente el desarrollo del sector tecnológico, en particular de las Fintech. En enero de 2021, el país puso en marcha un nuevo marco normativo general que promueve la financiación de las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas), emprendedores y start-ups.

Para complementar este nuevo marco, se ha publicado la nueva normativa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). La SBS 2429-2021 especifica que las empresas pueden realizar cualquier actividad de forma digital si ya están autorizadas para ello. Otros proyectos de reglamento de mayo de 2021 definen los criterios para establecer sandbox regulatorios, incluyendo el reconocimiento mutuo de otros sandboxes internacionales.

A continuación, detallamos las principales cuestiones en materia de fiscalidad que afectan a las Fintech en Perú.

Marco regulatorio

Desde una perspectiva tributaria, las Fintech se ven reguladas por:

  • Ley del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento.
  • Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento.

Desde la perspectiva financiera, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP viene trabajando activamente y de manera conjunta con la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) y el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) en un Proyecto de Ley para regular esta actividad, en la que la SMV sería la entidad encargada de su regulación y supervisión.

Impuesto de sociedades

 Las Fintech se ven afectadas por la Ley del Impuesto a la Renta, calificando sus ingresos como rentas empresariales, con lo que están gravadas con la tasa de 29.5 % o 10 % anual, según el régimen tributario en el que se encuentre:

Régimen MYPE Tributario (RMT)

Es el régimen creado para las micro y pequeñas empresas que generan rentas de tercera categoría con el objetivo de promover su crecimiento.

Impuesto a la renta

  • Impuesto mensual: El impuesto a la renta depende de los ingresos obtenido. Hasta 300 UIT o S/ 1,320,000 sólo pagan el 1 % de los ingresos netos mensuales, y si superan las 300 UIT o S/ 1,320,000 será el que resulte mayor de aplicar el coeficiente o 1.5 %.
  • Impuesto anual: El RMT permite descontar los gastos relacionados con el negocio de los ingresos, de esta forma se paga el impuesto sobre la utilidad final del año con los siguientes tramos:
    • Tramo de ganancia: Hasta 15 UIT o S/ 66,000, tasa sobre utilidad: 1 0%
    • Tramo de ganancia: Más de 15 UIT o S/ 66,000, tasa sobre la utilidad: 29.5 %

Están excluidos de este régimen:

  • Las empresas con ingresos netos anuales que superen las 1700 UIT o S/ 7,480,000 en el año anterior.
  • Sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente de empresas constituidas en el exterior.

Régimen General

Este régimen está dirigido para medianas y grandes empresas que generen rentas de tercera categoría. En este régimen no hay límites de ingresos. La ventaja de este régimen es que pueden desarrollar su negocio en cualquier actividad y sin límites de ingresos.

Impuesto a la renta

  • Impuesto mensual: El impuesto a la renta se determina respecto al que resulte mayor de aplicar el coeficiente o 1.5 % sobre los ingresos netos mensuales
  • Impuesto anual: Permite descontar los gastos relacionados con el negocio a los ingresos, de esta forma se paga el impuesto sobre la utilidad final del año con una tasa del 29.5 %

Deducciones

Para la determinación de la renta neta de tercera categoría (resultado tributario), se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta ley.

Depreciación

Son deducibles por desgaste u obsolescencia de los bienes de activo fijo. Las tasas máximas tributarias aceptadas dependen del tipo de activo:

  • Vehículos de transporte terrestre: 20 %
  • Equipos de procesamiento de datos: 25 %
  • Maquinarias y equipos utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción, excepto muebles, enseres y equipos de oficina: 20 %
  • Otros bienes del activo fijo: 10 %

IVA

Tasa del 18 %.

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Experiencia internacional – Conocimiento local

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