La administración indica que el crédito de CICE puede ser imputado en los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades, a partir de Marzo de 2015 La administración venía considerando que el crédito fiscal por la competitividad y el empleo (CICE) no podía ser utilizado en los pagos a cuenta del impuesto de sociedades ya que no era reembolsable (consultar aquí la fuente).

Esta posición era contraria a la doctrina administrativa (que permite a las empresas imputar los créditos fiscales en los pagos a cuenta del impuesto de sociedades siempre que estos pagos sean posteriores al depósito de las declaraciones relativas a estos créditos de impuestos), aunque estuvieran expresamente citados, tales como: crédito fiscal a la investigación y otros. Sin embargo, el tribunal de Montreuil había resuelto que esta lista no es limitativa, pudiendo hacerse extensible a otros créditos y reducciones de impuestos. (TA Montreuil 8-7-2010 n° 08-13586: IS-V-15880).

En la actualización del Boletín Oficial de Finanzas Públicas, la administración francesa aclara su doctrina indicando que el credito CICE puede estar imputado en los pagos a cuenta del IS. Las empresas pueden acogerse a esta opción a partir del pago a cuenta del 15 de marzo de 2015.

En la práctica, el modelo de pago a cuenta (Nº 2751-SD) se ha modificado y tiene una línea específica para el CICE (A07).