Actualmente, la implantación del Suministro Inmediato de Información (SII) ha supuesto una mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Gracias al SII es posible un nuevo sistema para llevar los libros registro del IVA con el envío casi inmediato de los registros de facturación a través la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Española.

Este sistema ha supuesto un nuevo reto para los contribuyentes obligados a utilizarlo, especialmente  debido al corto plazo de 4 días del que se dispone para realizar el envío de los registros de Facturas Emitidas y Recibidas.

En este sentido, y con el fin de mejorar el funcionamiento del SII desde su entrada en vigor, el Departamento de Gestión Tributaria ha ido actualizando el sistema con nuevas versiones y validaciones.

Así, el pasado 20 de junio el Departamento de Gestión Tributaria celebró una sesión informativa sobre las nuevas validaciones que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2019 y que se publicaron en el portal de la AEAT el pasado 17 de mayo.

Entre los principales aspectos que podrían afectar a la operativa habitual de nuestros clientes cabe destacar los siguientes:

1) No se modifican los registros XML. Las operaciones se seguirán registrando igual, ya que no se van a crear nuevos campos ni se va a suministrar nueva información.

2) Se ha actualizado el listado de preguntas FAQ.3, coordinando las mismas con el traslado de datos al registro de facturas.

3) Los nuevos cambios afectan exclusivamente a los Libros Registro de Facturas Emitidas y Recibidas, sin efecto alguno sobre el registro del resto de los Libros Registro: Operaciones Intracomunitarias y Bienes de Inversión. Con ello se persigue mejorar la calidad de la información suministrada.

Las principales modificaciones se refieren a:

  • Las validaciones de los distintos regímenes. El sistema no aceptará ningún registro que de error, obligando al contribuyente a subsanarlo y sólo admitiendo el estado “correcto”. Con el fin de facilitar el proceso, el programa identificará el error cuando se produzca de forma que pueda ser subsanado inmediatamente y el usuario pueda proseguir con su cumplimentación y presentación.
  • Distintas claves de régimen especial de IVA y sus operaciones que afectan –tal y como comentábamos antes- al Libro de Facturas Emitidas y al Libro de Facturas Recibidas. Los operadores deberán revisar dichas claves conforme a su operativa.

4) Además, la AEAT ha habilitado una serie de herramientas de ayuda relativas al SII y a la normativa de IVA, a disposición del contribuyente:

5) Por último, cabe destacar que, en un futuro, se prevé que el sistema ofrezca más información de contraste. Paralelamente, próximamente, se comenzará a emitir un «borrador del 303» -denominado Pre303- con toda la información suministrada al SII. Dicho documento no estará habilitado para todos los contribuyentes, sino tan sólo para aquellos acogidos al Registro de Devolución Mensual (REDEME) y contribuyentes voluntarios, y en ningún caso se generará para los contribuyentes que estén en prorrata, sectores diferenciados o de régimen de caja por las dificultades de cálculo. Dicho borrador podrá ser modificado por el contribuyente, salvo errores censales.

En definitiva, estas nuevas validaciones obligan a una mayor revisión de cada una de las distintas operaciones reportadas en el SII. Es por ello que durante este tiempo hasta su entrada en vigor el próximo 1 de octubre, es recomendable revisar la operativa de cada empresa y ponerse en contacto con un asesor experto que ayude a una correcta cumplimentación de los registros en el SII, ya que a partir de ahora la AEAT va a rechazar automáticamente los anteriores registros “Aceptados con errores”.

Se puede obtener más información de las nuevas novedades en el siguiente enlace del portal de la AEAT:

http://bit.ly/novedadesAEAT