El gobierno de España ha aprobado el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocido popularmente como ley de start-ups. Según la comunicación oficial remitida por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, este texto se basa en dos pilares: “la creación y crecimiento de las empresas emergentes innovadoras de base digital y alto crecimiento” y la atracción de “talento e inversores internacionales”. El proyecto se encuadra dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que comprende la hoja de ruta marcada por España para la recuperación y modernización de su economía en un contexto posCOVID-19.

Entre las principales novedades introducidas, el texto comienza estableciendo el concepto de start-up, definido como todas aquellas empresas de carácter innovador (está condición será reconocida vía ventanilla única por ENISA, la Empresa Nacional de Innovación), de nueva creación o con una antigüedad de hasta 5 años (con la excepción de 7 años para los sectores biotecnología, energía e industriales) y que registren unos ingresos de hasta 5 millones de euros. Deberán disponer de su sede social o establecimiento permanente en España, así como generar allí la mayoría de empleo y no podrán ser ni cotizadas ni haber distribuido dividendos.

En cuanto a incentivos fiscales, el proyecto fija la bajada de tipos en lo relativo al impuesto de sociedades y al impuesto sobre la renta de no residentes, del 25% al 15%. Esta reducción estará vigente durante los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva. También aumenta la exención de tributación de stock options de 12.000 a 50.000 euros anuales y flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.

En cuanto a beneficios fiscales para la creación de empresas, esta ley de start-ups contemplará tanto la consideración de empresa de reciente creación (que sube de forma general de 3 a 5 años o de 7 años para algunos sectores), la ampliación de la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (pasando de 60.000 a 100.000 euros anuales), así como del tipo de deducción (del 30 al 50 %).

Respecto a no residentes, el proyecto ofrece la posibilidad del aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de dichos no residentes durante los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente. También desaparece la obligación de efectuar pagos fraccionados de dichos impuestos en los 2 años posteriores a que la base imponible sea positiva.

15%

En cuanto a incentivos fiscales, el proyecto fija la bajada de tipos en lo relativo al impuesto de sociedades y al impuesto sobre la renta de no residentes, del 25% al 15%.

Uno de los principales puntos del proyecto se articula en torno a la agilidad administrativa, especialmente en lo relativo a captación de inversión extranjera. Para ello, garantiza la posibilidad de establecer la empresa de manera digital, la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros NIE para los inversores no residentes (exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal NIF). El texto también prevé la gratuidad de aranceles respecto a notarios y registradores en la constitución de sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Esta ley de start-ups también avanza en lo relativo a tributación de la figura de los nómadas digitales, que tendrán la posibilidad de residir y trabajar en España durante 5 años, así como acogerse al régimen tributario especial y tributar por el impuesto sobre la renta de no residentes, y reduce de 10 a 5 años el requisito de no residencia previa en España. Además, se elimina durante 3 años la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad.

Tras su aprobación por parte del Consejo de Ministros, el proyecto de ley se enfrenta ahora a trámite parlamentario, con lo que en condiciones normales entraría en vigor hacia finales del primer semestre de 2022, o principios de la segunda mitad del año.

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Francisco Javier Curto Martin
Senior Manager. Tax Support

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