Chile ha anunciado cambios fiscales que entran en vigor a partir del 1 de abril de 2022. La Ley Nº 21.420 del 4 de febrero de 2022 detalla las actualizaciones tributarias relevantes para las empresas que operan en Chile, así como el impuesto a las herencias y donaciones, el impuesto territorial y el impuesto a los bienes suntuarios. Estas son algunas de las actualizaciones más relevantes:

La nueva ley deroga el crédito fiscal del 4% para la compra de activos fijos por parte de las empresas con un ingreso promedio anual superior a 100,00 UF.

A partir del 1 de abril de 2022, habrá una tasa impositiva única de 10% sobre las ganancias de capital de las transacciones (no se aplicará a los inversores institucionales). Las normas de cálculo permiten a los contribuyentes utilizar el valor a la fecha de adquisición, o el precio de cierre oficial al 31 de diciembre del año de adquisición.

Las pérdidas no serán deducibles como gasto, sino que deberán deducirse únicamente de los ingresos del mismo tipo.

En el caso de los contribuyentes no residentes, el adquirente o el agente de bolsa estarán obligados a practicar una retención fiscal del 10% sobre las plusvalías o del 1% del importe total.

La Ley también deroga el crédito especial del IVA permitido para las empresas de construcción, y modifica el «hecho imponible básico de los servicios».

También se modifica en la Ley el tratamiento fiscal de los arrendamientos.

Otros puntos fiscales relevantes incluidos en la Ley:

  • El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones gravará las cantidades destinadas a los beneficiarios de los seguros de vida, excluyendo los de invalidez y supervivencia.
  • Los ajustes del impuesto territorial incluyen un aumento del recargo del impuesto territorial hasta el 0,425% (desde el 0,275%).
  • Habrá un impuesto anual del 2% sobre ciertos bienes de lujo, incluyendo helicópteros, aviones, ciertos yates y vehículos.

Además, la Ley enumera los cambios en los requisitos para comparecer personalmente ante el Servicio de Impuestos Internos de Chile: los contribuyentes pueden ahora comparecer personalmente o por medio de un apoderado. El término «presencial» incluye la comparecencia a distancia por medios electrónicos, y los apoderados deben tener poderes del mandatario por escrito, ya sea en papel o en papel, debidamente firmados por el mandante, u otro mandato aceptable en los estatutos de la empresa, firmado por el consejo de administración, o similar.

Todos estos cambios entran en vigor a partir del 1 de abril de 2022.

Para más información sobre estas novedades, nuestro equipo de expertos en Chile está a tu disposición.

¿Necesitas más información?

Daniela Diaz Quijano
Country Manager

Experiencia internacional – Conocimiento local

Fundada en 1979, Auxadi es una Firma de servicios profesionales de origen familiar que hace más fácil la vida de sus clientes, entre los que se encuentran multinacionales, fondos de Private Equity y de Real Estate. Somos líderes en gestión de servicios internacionales de contabilidad, tax compliance, gestión de nómina y creación y administración de SPVs. Conectamos Europa y América con el resto del mundo a través de nuestra sede en Madrid, oficinas en EE.UU. y nuestras 22 filiales internacionales, prestando servicio en más de 50 jurisdicciones.

Toda la información está actualizada en el año 2022. Este contenido ha sido preparado como guía general sobre asuntos de interés únicamente, y no constituye asesoramiento profesional. En ningún caso se debe actuar en base a la información contenida en este documento sin obtener asesoramiento profesional específico. Ninguna representación o garantía (expresa o implícita) se da en cuanto a la exactitud o integridad de la información contenida en estas páginas, y, en la medida permitida por la ley, AUXADI no acepta o asume ninguna responsabilidad o deber de cuidado derivado de cualquier consecuencia que usted o cualquier otra persona que actúe, o se abstenga de actuar, en confianza en la información contenida aquí o por cualquier decisión basada en ella.