Tras el grave terremoto ocurrido el pasado 16 de abril que afectó a varias provincias de la costa ecuatoriana, principalmente Manabí y Esmeraldas, el gobierno del Ecuador ha planteado varias medidas, con duración de un año, con el objetivo de colaborar con la reconstrucción de estas provincias.
Para ello, establecerá una contribución de dos puntos adicionales sobre el IVA; es decir del 12% pasa al 14%; así como una contribución, por una sola vez, del 3% adicional sobre las utilidades; y una contribución, por una sola vez, del 0,9% sobre personas naturales con patrimonio mayor a USD 1 millón de dólares.
Se establece también el aporte de un día de sueldo para quienes ganen más de USD 1.000; el aporte de un día durante dos meses para aquellos que ganen USD 2.000; y hasta cinco meses para quienes ganan más de USD 5.000.
Asimismo, a partir del 26 de abril de 2016 en la ley LEY ORGÁNICA DE EQUILIBRIO DE FINANZAS PÚBLICAS, se establecen los siguientes tributos:
1. Incremento a gaseosas, USD 0,18 por cada 100 gramos de azúcar por litro de bebidas azucaradas. Se exceptua de este tributo a las bebidas energizantes, lácteas, agua mineral y los jugos que tengan más del 50% de contenido natural.
2. Telefonía fija y móvil, 15% por los servicios de la telefonía fija y móvil para sociedades.
3. Cigarrillos, el ICE de cigarrillos pasa de 0.1310 a 0.16 por unidad
4. Cervezas, el ICE sube de USD 7,24 por litro de alcohol puro a USD 12 por litro de alcohol puro.
5. Dinero electrónico, devolución de 2% del IVA para quienes utilicen moneda electrónica en sus compras. Además, las empresas tendrán una importante rebaja al excluir de la fórmula de cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta de sus costos y gastos todos los valores relacionados con pagos y cobros con dinero electrónico.
6. Transferencias al exterior, el monto máximo para envíos o traslados al exterior exento de ISD es hasta tres salarios básicos, es decir USD 1.098.
7. Montos máximos para beneficios previstos en los Convenios para evitar la doble imposición. El SRI fijará montos máximos y otros requisitos formales, generales o por tipo de renta para que apliquen automáticamente los beneficios previstos en los Convenios para evitar la doble tributación. En caso de superarse los montos o incumplirse los requisitos, la aplicación del beneficio se realizará mediante los mecanismos de devolución de impuestos.
Finalmente, se exonerará del impuesto a la renta, durante los próximos cinco años, a toda nueva inversión en Manabí, el sur de Esmeraldas o algunas de las zonas afectadas por el terremoto