Bolivia está desarrollando el proceso de transformación digital de su sistema impositivo, hasta el momento con notable éxito. Noticias como los datos compartidos por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), según el cual registró hasta abril de 2022 más de 30 millones de facturas electrónicas es la mejor prueba.

Como reflejo de esto, el país recientemente ha introducido novedades al respecto, en relación a la ampliación de la puesta en marcha de la implementación del sistema de facturación en línea, así como la modificación de las sanciones por emisión de facturas con errores de modalidad.

Respecto al primer tema, se han designado a un segundo grupo de contribuyentes para que implementen un sistema de facturación en línea (según las siguientes modalidades: Computarizada en línea, electrónica en línea o Portal Web en línea) y que su emisión debería ser a partir del 1 de julio de 2022. Sin embargo, la fecha de inicio de emisión ha sido ampliada y se pondrá en marcha a partir del 1° de agosto de 2022. A su vez se ha designado a un tercer grupo de contribuyentes para implementar el sistema de facturación en línea, cuya emisión de facturación iniciará a partir del 1 de octubre de 2022.

Además, el Servicio de Impuestos Nacionales, mediante la RND N° 102200000013, ha establecido modificar el subnumeral 7.7 del Anexo I de la RND Nº 10-0033-16 del 25 de noviembre de 2016, en relación a la emisión de facturas en una modalidad de facturación diferente a la que se encuentre obligado según normativa específica.

Según esta novedad, el importe de la sanción (que se trata de 500 UFV en el caso de personas naturales, empresas unipersonales y sucesiones indivisas y de 1.000 UFV para personas jurídicas), se establecerá por casa matriz y/o sucursal contraventora, acumulable hasta un límite de 5.000 UFV en un periodo fiscal.

Esta medida ha entrado en vigor el 1 de julio de 2022.

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