Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2016
Las bases y tipos de cotización a partir del 1 de enero de 2016 serán las siguientes:
• El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido queda fijado en la cuantía de 3.642 euros mensuales (en el 2015 la cuantía era de 3.606 euros mensuales).
• El tope mínimo de la base de cotización será el equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementada en un sexto, salvo disposición expresa en contrario (El salario mínimo interprofesional para 2015 era de 648,60 euros/mes).
Las bases mensuales de cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas por el Régimen General de la Seguridad Social, exceptuadas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán limitadas, para cada grupo de categorías profesionales, por las bases mínimas y máximas siguientes:
• Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, desde 1 de enero de 2016 se incrementarán con respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2015, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional.
• Las bases máximas, cualquiera que sea la categoría profesional y grupo de cotización, serán de 3.642,00 euros mensuales (en 2015 era de 3.606,00 euros mensuales) o de 121,40 euros diarios (en el 2015 era de 120,20 euros día).
Los tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social serán:
• Para contingencias comunes el 28,30 por ciento, siendo el 23,60 por ciento a cargo de la empresa y el 4,70 por ciento a cargo del trabajador.
• Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se mantiene vigente la tarifa de primas aprobada por la disposición adicional cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (Ley 42/2006, de 28 de diciembre), siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa.
A partir del 1 de enero de 2016, la cotización de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos será la siguiente:
• Base máxima: 3.642,00 euros mensuales (en 2015 era de 3.606,00 euros mensuales).
• Base mínima: 893,10 euros mensuales (en 2015 era de 884,40 euros mensuales).