Novedades en Argentina. Recientemente el Banco Central de la República Argentina ha modificado la obligatoriedad de presentación de la declaración de Relevamiento de Activos y Pasivos Externos. A partir de los datos del ejercicio 2018 se elimina el umbral de los límites cuantitativos y todas las sociedades, patrimonios y similares están obligados a presentar la declaración, independientemente de las cantidades que supongan las transacciones realizadas con agentes exteriores.
El objetivo de la declaración es recopilar de manera más eficiente la información de las relaciones de las sociedades argentinas con actores económicos no residentes, como tenencia de participaciones, inversión extranjera, proveedores exteriores prestando servicios o vendiendo mercancías a consumidores del país, entre otros. El pasado 21 de febrero fue la fecha límite para presentar las declaraciones del ejercicio 2019.
Sin embargo, el motivo por el que esta declaración es de actualidad es porque desde que comenzase el ejercicio fiscal 2020, los sujetos obligados han de presentar la información trimestralmente.
Para recopilar la información a declarar es imprescindible entender qué se considera activo y pasivo a efectos de la presente declaración. Activos serán aquellos derechos que posee el declarante frente a un residente, mientras que los pasivos no solo son las obligaciones (deudas) sino también el patrimonio neto frente a agentes externos.
Ha de tenerse en cuenta que se declaran tanto saldos, entendiéndose como posiciones, como movimientos o flujos. En epígrafes distintos del modelo se han de consignar las transacciones que han sucedido durante el periodo a declarar, y las posiciones al final del periodo.
Es también importante considerar que independientemente de que dentro del periodo a declarar los flujos generen un efecto neto que cancele la operación, a efectos de la declaración hay que consignar las variaciones brutas ocurridas por transacciones.
A modo de aclaración, el Banco Central de la República Argentina considera a los efectos de esta declaración que las Sucursales de sociedades extranjeras, son sociedades residentes y, por lo tanto, obligados. En cuanto a los plazos de declaración, el BCRA los ha fijado en 45 días naturales posterior al cierre de cada periodo.
Ya que se trata de una declaración con formatos y categorizaciones especificas es necesario consultar con un experto a la hora de presentarla para estar correctamente asesorado. En Auxadi conectamos América con Europa, LATAM y Asia, brindando servicios de valor agregado a más de mil clientes en más de 50 jurisdicciones.
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