La nueva ley laboral en Brasil Nº 13.467/11, en vigor desde 11/2017, prevé la extinción del contrato laboral de común acuerdo entre el empleado y el empleador. En otros aspectos, permite reducir los costos del empleador sin perjudicar al empleado, dada la reciprocidad del acuerdo.
Las reglas para el acuerdo de renuncia legal se establecen en el Art. 484-A del CLT, donde se describen las obligaciones de la empresa y los derechos del empleado. Los más reseñables son:
- Si el trabajador tiene derecho a 30 días de aviso previo, cobrará 15 días en el finiquito.
- La compañía pagará el 20% de la multa de FGTS.
- El resto de prestaciones laborales (días laborables, salario 13º y días festivos no disfrutados/proporcionales) se retribuirán íntegramente.
- El empleado podrá retirar hasta el 80% de su FGTS, el otro 20% permanecerá retenido en el Banco.
- El empleado no recibirá la prestación por desempleo.
La extinción del contrato por acuerdo común se producirá cuando el interés sea mutuo, por lo que en ningún caso podrá imponerse a ninguna de las partes.
En el apartado relativo a las normas de pago y formalización, se deberá aplicar lo establecido en las demás modalidades de extinción del contrato de trabajo. La indemnización deberá abonarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de terminación de dicho contrato. Además el acuerdo entre empleado y empleador deberá formalizarse en un documento escrito a mano por el empleado y la empresa deberá realizar las anotaciones en la Cartera de Trabajo (documento que contiene la vida laboral del trabajador) en el plazo establecido por la ley.
El objetivo de la nueva ley era evitar la simulación del despido improcedente, una práctica ilegal generalmente adoptada por las empresas, como un acuerdo «informal» entre el empleado y el empleado, que aporta seguridad jurídica al empleador, evitando futuros procedimientos laborales.